LA PERICIA CRIMINAL

Compartir
Antes de nada, conviene mencionar como primer plano la definición de pericia según la RAE; “sabiduría, práctica, experiencia y habilidad en una ciencia o arte.” 
 Asimismo, dada a la correlación de las pericias que envuelven su actuar dentro de las ciencias forenses a la criminalística,  se hace referencia a la definición según RAE de criminalística, indicando  que es “estudio de los indicios de un hecho criminal con el fin de determinar todos los datos posibles relativos a la víctima o a las circunstancias del crimen.”.

Por lo antes indicado, se sostiene en concreto que un perito criminal es un experto con habilidades en criminología o criminalística cuyo fin es colaborar y ayudar a la justicia en la búsqueda de aclarar el hecho criminal, por otro lado, el perito en su labor especifica se lo vincula con las ciencias o tecnicismos relativos a la interpretación de indicios para que así, estos una vez corroborados e interpretados alcancen la certeza de ser prueba.

En este sentido, la pericia criminal su enfoque va encaminado a los resultados de esa vinculación directa entre el indicio y el autor, de la misma forma despejando y clarificando las interrogantes del ¿cómo? ¿Que? ¿Cuándo? ¿Por qué? ¿Donde? ¿Con medio? Cabe recalcar que un perito funge en el cumplimiento de su rol como un servidor público, el cual plantea los resultados de su experticia mediante la exhibición de un informe ante el ente judicial del caso determinado.

Es así que, se considera una ardua labor por parte de quienes ejercen como peritos sean estos judiciales o no, sin embargo en concreto los vinculados en el campo de las pericias criminales que con su amplio conocimiento,  además del exhaustivo análisis metodológico y estudio de los indicios hasta llegar a una conclusión  para que sea reconocido como prueba, asistiendo así con su aporte reflejado en el informe pericial  expuesto y que además estos tenga la validez judicial.

Igualmente, del tema es importante mencionar algunas de las tipologías de peritos que existentes ya sean peritos de parte o de oficio:

Perito médico/legal

Perito Criminal

Peritos de accidentes

Peritos Psicólogos

Perito odontólogos

Peritos antropólogos

Peritos arquitectos

Peritos informáticos

Peritos de Incendios y Riesgos

Perito Tasador, etc.

la práctica pericial, algunos no siempre aplicables:

• Protección y preservación

• Identidad de copias

• Tecnológico interdisciplinario

• Oportunidad

• Compatibilización

Los principios de obligado cumplimiento para un profesional son:

• Objetividad

• Autenticidad y conservación

• Legalidad

• Idoneidad

Informar a los especialistas de Policía Técnico-Científica de todo

lo actuado (medidas adoptadas, información recopilada y personas

presentes e identificadas como testigos, víctimas u otros).

Hacer entrega de la escena o el lugar de los hechos a los responsables

de Policía Técnico-Científica. (Se recomienda adoptar un modelo

de Acta de Traspaso de la Escena.)                                        

De acuerdo con la R.A.E, la responsabilidad hace referencia: al compromiso u obligación de tipo moral que surge de la posible equivocación cometida por un individuo en un asunto específico. La responsabilidad es, también, la obligación de reparar un error y compensar los males ocasionados cuando la situación lo amerita.

Bibliografía

  • Zadorov H., (2015) P.G.R.M, Guía Metodológica para el levantamiento de indicios biológicos, México
  • Gutierrez A., (2002), Manual de Ciencias Forenses y criminalística, Colombia.
Scroll al inicio